REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN


PODER JUDICIAL
El Juzgado Tercero de Municipio del Municipio Iribarren del estado Lara
AL
Juez Ejecutor de Medidas de la República

Asunto: KN03-X-2013-0027
Principal KP02-M-2013-00077

Que en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES, (VÍA INTIMACIÓN), intentado por motivo de COBRO DE BOLÍVARES, (VÍA INTIMACIÓN), intentado por el abogado GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA inscrito en el IPSA bajo el N°: 83.721 actuando como endosatario en procuración del ciudadano WILMER ANTONIO VASQUEZ CENTENO titular de la cédula de identidad N° V. 7.905.669, contra: la ciudadana YADIRA PEREIRA venezolana titular de la cédula de identidad N°: V- 7.420.414. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES de la parte demandada por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) que comprende el total al DOBLE de la siguiente cantidad, relativas al concepto reclamado:
A- SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.75.000,00) capital exigido
Adicionándose las costas y costos procesales calculados prudencialmente al 25 % del capital exigido en la cantidad de DIECIOCHO MIL SETESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 18.750,00) de conformidad con el articulo 648 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien si dicho embargo recae sobre CANTIDADES DE DINERO; el mismo deberá ser por el monto de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.75.000,00) que es la suma del concepto arriba descrito, adicionándose las costas que ascienden a DIECIOCHO MIL SETESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 18.750,00) y en este caso las cantidades de dinero deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Supremo de Justicia.
En tal virtud, se le faculta para practicar dicha medida, y para designar Perito Avaluador y Depositaria Judicial. Una vez cumplido lo ordenado, devolverá lo actuado a este Tribunal con sus resultas.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio del Municipio Iribarren Crespo y Urdaneta del estado Lara, en Barquisimeto, a los 26 días del mes de abril de 2013. Años: 202° y 154°

La Jueza Titular,

Dra. Patricia Riofrío Peñaloza
La Secretaria

Abg. Ilse Gonzales




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