REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de abril de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KP02-S-2012-003561
“VISTOS”
La ciudadana: MARIA GABRIELA OLIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.334.258, de este domicilio, asistida por la Abogado KIRA CECILIA VERDE COLMENAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 131.475, solicita la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el N° 1277, folio 152, del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1991, llevados por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto al hacer la respectiva inserción se asentó solo el primer Apellido “OLIVEROS”, de la madre, motivo por el cual solicita la inserción del segundo Apellido “ANTEQUERA”, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código Civil Venezolano. La solicitante acompañó copia certificada del Acta de Nacimiento de su persona y copia certificada del Acta de Nacimiento de su madre, ciudadana LUISA MARIA OLIVEROS ANTEQUERA. La solicitud se admitió en fecha 17-01-2013, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio lico, la cual notifico en fecha 23-01-2013. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa:
UNICO:
Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado lo señalado en la solicitud, a saber que el Apellido de la solicitante es OLIVEROS. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA NACIMIENTO y ORDENA al Registrador Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara a estampar la debida nota marginal en la partida de Nacimiento, inserta bajo el N° 1277, folio 152 del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1991, llevados por el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara, quedando el nombre de la solicitante así: “MARIA GABRIELA OLIVEROS ANTEQUERA”. Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintidós (22) días del mes de Abril de 2013. Años: 202° y 154.--------------------------------------------------------------------------
La Juez Temporal,
Abg. LUZ MARIA VILLARROEL La Secretaria
Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS
Seguidamente se libraron oficios.-
La Secretaria
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