JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 03 de abril de 2013
202° y 154°
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana RORAIMA JACKNELLYS PAIVA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-15.997.989, y de este domicilio, asistida por la Abogada en ejercicio BILLKARINA GOMEZ REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 165.274, así como las declaraciones rendidas por las ciudadanas YENNY CELINA MARTINEZ MEDINA y YANELLYS CARMEN MOLINA HENRIQUEZ, identificadas en autos, este Tribunal como se pide, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dejando a salvo las facultades revisoras de la Oficina Inmobiliaria de Registro correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; dejando a salvo los derechos de terceros y no mediando hasta ahora oposición alguna, DECLARA: que dichas pruebas testificales son bastantes o suficientes para asegurarle a la peticionaria la posesión o condición de constructora a su propia expensa de las bienhechurías que menciona ubicadas en la siguiente dirección: URBANIZACIÓN SANTA INES, SECTOR 06 CAMBIAMOS UNA LAGRIMA POR UNA SONRISA, CALLE ANDRES BELLO, CASA NRO 48, PARROQUIA RAFAEL URDANETA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, que según la autorización GE-CA/INAVI/ AL N° 061 expedida por la Gerencia estadal del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI) Carabobo, en fecha 14 de enero de 2013, mide: ciento treinta y cinco metros cuadrados con cinco decímetros cuadrados (135,05 Mts2), cuyos linderos y medidas son los señalados en la referida autorización. Las bienhechurías consisten en una (1) casa de habitación de una (1) planta con las siguientes características: estructuras de bases y columnas de concreto y cabillas de hierro, techo de acerolit, piso de cerámica, dos (2) cuartos, una (1) sala, una (1) cocina comedor, un (1) baño, tres (3) ventanas, tres (3) puertas entamboradas, un (1) portón, tiene los servicios de cableado de electricidad, agua potable y su red cloacal
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