JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 02 de Abril de 2013
202° y 154°
Cumplida como ha sido la presente Solicitud, contentivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS), presentada por la Ciudadanos: CUBA ZAVALA RICHARD JOSE, CUBA ZAVALA ERIKA COROMOTO Y CUBA ZAVALA JUAN JOSE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedulas de Identidad Nº V- 9.696.064, V-14.754.517 Y V-9.696.055, Asistidos por el abogado: HENRY JESUS RODRIGUEZ ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 150.170, respectivamente y por cuanto solicita le sean declarado suficientes las probanzas evacuadas para acreditarle la cualidad que tiene de ser UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: RITA ANTONIA ZAVALA DE CUBA, y vistas las declaraciones de los testigos, los ciudadanos: AZUAJE PERALTA NELCY BEATRIZ Y ABREU DE LEMUS BLANCA MARGARITA, venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 6.016.639 y V- 4.061.433. Por consiguiente, este Tribunal ordena declarar suficientes las probanzas evacuadas, para acreditarle a los solicitantes: CUBA ZAVALA RICHARD JOSE, CUBA ZAVALA ERIKA COROMOTO Y CUBA ZAVALA JUAN JOSE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedulas de Identidad Nº V- 9.696.064, V-14.754.517 Y V-9.696.055, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: RITA ANTONIA ZAVALA DE CUBA, dejando a salvo los derechos de Terceros. Se hace esta declaratoria, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Désele salida y devuélvase lo actuado.
EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio salida constante de Dieciocho (18) folios útiles.

El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA






RECIBIDO POR__________________ C.I. Nº. _______________________
FECHA._________________________ HORA: _______________________
SOL. Nº 4026-13
ALA/JPPT/Oswaldo