REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 09 de Abril de 2013
202º y 154º
Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 02 de Abril de 2013, por la Ciudadana: CANACHE ACNELIS CARIDAD, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 10.495.520, en representación de mis hermanos: CANACHE JESUS ENRIQUE Y CANACHE YULEIMA COROMOTO, titulares de las cedulas de identidad N° V-11.359.950 y V-13.144.429, Asistidos por la abogada: ROSALBA CASTILLO TOLOZA, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 151.979, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos, éstos se declararán en el momento oportuno que la parte así los presenten.
EL JUEZ TITULAR
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 4163-13.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
SOL. N° 4163-13
ALA/JPPT/Oswaldo