REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 8 de abril de 2013
Años 202º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2012-000317

A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos José Luís Román y Milagros Coromoto Quiñones, en su condición de defensores privados, contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo en Función de Control, en fecha 31-10- 2012 en la Causa GP01-P-2012-020895 seguida al ciudadano JESUS GUTIÉRREZ CHIRINOS, esta Sala observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por los Abogados José Luís Román y Milagros Coromoto Quiñones, quienes está legitimados para realizarlo, toda vez que actúan como defensores privados del ciudadano Jesús Gutiérrez Chirinos, tal como se evidencia en autos.

Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 22-10-2012 Y publicada en fecha 31-10-2012, no librandose los correspondientes actos de notificación a las partes, tal y como consta al folio cuarenta y cinco (45) de la presente Causa y siendo que los defensores presentaron Recurso de Apelación en fecha 07-11-2012, se considera que ejercieron el derecho tempestivamente.

Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.

RESOLUCION

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala No 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos José Luís Román y Milagros Coromoto Quiñones, en su condición de defensores privados, contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo en Función de Control, en fecha 31-10-2012 en la Causa GP01-P-2012-020895 seguida al ciudadano JESÚS GUTIÉRREZ CHIRINOS. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.

LOS JUECES DE SALA

JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)


LAUDELINA GARRIDO APONTE DANILO JOSE JAIMES RIVAS



El secretario
Abg. Javier Cordova Medina