REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 8 de abril de 2013
Años 202º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2012-000041

A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Analia Aguilar, en su condición de Fiscal Quinta del Ministerio Publico, contra la decisión dictada por el Tribunal Cuarto en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 14-02-2012, en el asunto No GP01-P-2011-00768 seguida a los ciudadanos Yender Manuel Pirona Ojeda y Lender Manuel Pirona Ojeda, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por la abogada Analia Aguilar, quien está legitimada para realizarlo, toda vez que actúa en su condición de Fiscal Quinta del Ministerio Publico, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 10-02-2012 Y publicada en fecha 14-02-2012, y siendo que la representación Fiscal presento Recurso de Apelación en fecha 23-02-2012, es decir el quinto día hábil siguiente a la publicación del auto motivado, se considera que ejerció el derecho temporáneamente.
Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala No 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por la abogada Analia Aguilar, en su condición de Fiscal Quinta del Ministerio Publico, contra la decisión dictada por el Tribunal Cuarto en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 14-02-2012, en el asunto No GP01-P-2011-00768 seguida a los ciudadanos YENDER MANUEL PIRONA OJEDA y LENDER MANUEL PIRONA OJEDA. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.


LOS JUECES DE SALA


JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)



LAUDELINA GARRIDO APONTE JOSE DANILO JAIMES RIVAS



El secretario
Abg. Javier Cordova Medina