REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, siete (07) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2013-002212

Visto el anterior escrito, contentivo de La Transacción celebrada entre la Abogada NAWUAL HUWUARIS, IPSA N° 48.136, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano HECTOR CASTRO, y por el Abogado JOSE RICARDO APONTE, IPSA N° 44.438, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ATLANTIC FABRICS, C.A., parte demandada en el presente asunto, mediante el cual celebran Transacción en la presente demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque identificado de la siguiente manera:

-Cheque N° 57406007, girado contra el Banco Mercantil, por la cantidad de Bs. 20.156,98, a nombre del ciudadano HECTOR CASTRO, parte actora en el presente procedimiento, por concepto de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.

En consecuencia, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, dejándose expresa constancia que sólo aquellos conceptos que versen en materia laboral.
De igual manera, se deja constancia que se dejará transcurrir un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Leticia Morales Velásquez
La Secretaria

Mariandrea González