CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la representación Judicial de la ciudadana Cynthia Loretta López, contra el auto de fecha 04 de diciembre del 2012, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fecha 04 de diciembre del 2012.
TERCERO: SE ORDENA al Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario a ejecutar la oferta real conforme a los

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cinco (05) días del mes de agosto de dos mil trece (2013). Año 203° y 154°.
EL JUEZ,

VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA.
En la misma fecha, siendo las (2.00 p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia, en expediente N° AP71-R-2013-000233, como está ordenado.
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA