REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 07 de agosto de 2013.-
Años 203° Y 154°

Posterior a la revisión de las actas que conforman la presente causa, se pudo constatar que existe corrección en la foliatura; en la primer pieza, a partir de los folios 93 al 101, 105 al 113, 177, 180, 201 al 212, 218 al 240, 469, 475; y en la segunda pieza a partir de los folios del 43 al 120, 177 al 225. En consecuencia, se le impone al Secretario de este Juzgado salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se deja sin efecto el oficio Nº 2013-A-0159 de fecha 15 de julio de 2013 y en virtud de ello, este Tribunal ordena librar nuevo oficio.
EL JUEZ TITULAR,

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA.
Quien suscribe, RICHARS DOMINGO MATA, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que los folios de la primera pieza del 93 al 101, 105 al 113, 177, 180, 201 al 212, 218 al 240, 469, 465; así como de la segunda pieza del 43 al 120, 177 al 225 “VALEN”. Caracas, a los siete (07) días del mes de agosto del año dos mil trece (2013).-
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA.

VJGJ/RDM/lg
Exp Nº 10281

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 07 de agosto de 2013.-
Años 203° Y 154°

OFICIO Nº 2013-A-
CIUDADANOS:
PRESIDENTE Y MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a ustedes, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el número 10281, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue el ciudadano TOMÁS EGUIDAZU BOLLEGUI, contra el ciudadano DIEGO TOLIO, en virtud del Recurso de Casación anunciado por la representación Judicial de la parte demandada, contra la sentencia que dictó este Juzgado en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013), constante de dos (2) piezas; la primera de cuatrocientos setenta y siete (477) y la segunda de doscientos veinticinco (225) folios útiles..-
Remisión que se le hace a usted, en virtud del Recurso de Casación admitido en fecha 15 de julio de 2013.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/lg
Exp: 10281