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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 JUZGADO  DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Caracas  13/08/2013.-
 203°   y   154°
 
 Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: SARA DE JESUS MARTINEZ DE ALVARADO, JOSE LISANDRO ALVARADO MARTINEZ, RAFAEL HUMBERTO ALVARADO MARTINEZ, JORGE LUIS ALVARADO MARTINEZ, MARIA LUISA ALVARADO MARTINEZ y SARA IRINA ALVARADO MARTINEZ,   titulares de las cédulas de Identidad Nros: V-889.274,              V-9.646.836, V-6.377.385, V-6.845.535, V-6.377.386 y V-7.682.719, respectivamente, causahabientes del ciudadano: RAFAEL HUMBERTO ALVARADO RODRIGUEZ,  titular de la cédula de identidad Nº.881.666,  quien  falleció el día 12 de Marzo  de  2013, en el Estado Apure. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- CUMPLASE.-
 LA JUEZ.-
 
 Dra. MARIA A. GUTIERREZ C.
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 Abg.  DILCIA  MONTENEGRO  P.
 
 
 MAGC/DMP/jesus
 
 Exp. N° AP31-S-2013-006821
 
 
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