Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 07 de agosto de 2013
203° y 154°

ACTA

DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-000291
PARTE ACTORA: JOSÉ GREGORIO ORTEGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PATRICIA HIDALGO y NUBIA CASTRO DE HIDALGO
PARTE DEMANDADA: ABASTOS Y CARNICERIA EL TEJO SRL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDINE DELIMA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, 07 de agosto de 2013, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano José Gregorio Ortega, en su carácter de parte actora, conjuntamente con sus apoderadas judiciales, abogada Nubia Castro y Patricia Hidalgo; y la abogada Geraldine Delima, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, dándose así inicio a la audiencia. Luego de conversaciones ambas partes manifiestan que en búsqueda de resolver el presente asunto han llegado a un acuerdo transaccional en el cual la accionada conviene en pagar a la actora la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 45.000,00) pagaderos en tres cuotas a saber: 1) Una primera cuota de QUINCE MIL BOLÍVARES EXACTOS, pagaderos el 09 de agosto de 2013 mediante cheque a nombre del accionante; 2) Una segunda cuota de QUINCE MIL BOLÍVARES EXACTOS, pagaderos el 20 de septiembre de 2013 mediante cheque a nombre del accionante y, 3) Una tercera cuota de QUINCE MIL BOLÍVARES EXACTOS, pagaderos el 03 de octubre de 2013 mediante cheque a nombre del accionante; siendo que en este estado el accionante y sus apoderadas judiciales, libres de constreñimiento alguno, manifiestan estar conforme con las cantidades ofrecidas en los términos señalados supra, así mismo ambas partes declaran expresamente que celebran el presente acuerdo con el objeto de poner fin al presente juicio de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, y de precaver cualquier eventual litigio, disputa o reclamación entre las partes que tengan por objeto los derechos pretendidos por EL EXTRABAJADOR en el presente juicio o cualquier otro que pueda corresponderle en virtud del vínculo obligacional que los unió distintos del presente juicio, solicitando que en tal sentido se homologue del presente acuerdo. Visto lo expuesto por los presentes este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, por cuanto la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la accionante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Finalmente se ordena la entrega de los escritos de pruebas consignados en la Audiencia Preliminar por ambas partes, con sus respectivos anexos, siendo que los mismos declaran recibirlas en este mismo acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.



La Juez
Abg. Claudia Valencia



El Secretario;
Abg. Yorman García Martínez



José Gregorio Ortega Nubia Castro



Patricia Hidalgo Geraldine Delima