REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2013-001326
Visto el anterior escrito, contentivo de transacción celebrada entre la ciudadana JENNIFER ALEXANDRA AGUILAR, titular de la cédula de identidad N° V- 17.719.857, en su carácter de parte Actora, debidamente asistida por el Abogado EIDI PEREZ, I.P.S.A. N° 116.657, por una parte y por la otra la Abogada NATTY GONCALVES, I.P.S.A. N° 124.691, en su carácter de Apoderada Judicial de del BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., mediante el cual celebran Transacción y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque identificado con el N° 070133805, girado contra BANESCO BANCO UNIVERSAL, por la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (BS. 65.000,00), a nombre de la ciudadana: JENNIFER ALEXANDRA AGUILAR MÉNDEZ , lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.
En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo se acuerda la devolución de las pruebas promovidas por las partes, para cual se ordena librar oficio a la Oficina de DEPÓSITO DE BIENES, de igual forma se acuerda las copias solicitada por las partes, para la cual se insta a las partes a consignar los fotostatos correspondientes y una vez conste auto los mismo se procederá a su certificación.
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. ASÍ SE DECIDE. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
LA JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. LETICIA MORALES VELÁSQUEZ
ABG. MANUEL LÓPEZ
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