REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 02 de diciembre del 2013
203º y 154º
Sentencia Interlocutoria Nº 0208/2013
Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto en fecha 26 de septiembre del 2013, por la ciudadana Mariana Branz Neri, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.600.977 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.808, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “Cabillas y Perfiles Cabiperca, C.A”, contra la Resolución Nº FONA-P-AJ-RJ-009/13 de fecha 10 de junio de 2013, emanada del Consejo Directivo del Fondo Nacional Antidrogas “FONA”; por la cantidad de trescientos noventa y dos mil setecientos tres bolívares con noventa y ocho céntimos (Bs. 392.703,98);estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva de conformidad con el 267 del Código Orgánico Tributario. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a Pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, de conformidad a lo previsto en el mencionado Artículo 268 del mismo Código.
Dado, firmado y sellado en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los tres (03) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Titular,
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria Accidental,
Katiuska Urbaez .
La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (03:28 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria Accidental,
Katiuska Urbaez.
Asunto Nº: AP41-U-2013-0000389.
RCJ/Jp
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