REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de Diciembre de 2013
203º y 154º

EXPEDIENTE: AH15-V-2008-000300
Visto el Escrito de Pruebas promovido en fecha 20 de Noviembre de 2013, por el Ciudadano ANDRÉS RAMÓN MONTENEGRO LARES, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.295, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Actora, Ciudadano TEODORO FERNANDEZ FERNANDEZ, venezolano y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.126.502, esta juzgadora por cuanto observa que no son manifiestamente ilegales o impertinentes, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.-
En relación a las testimoniales promovidas de los Ciudadanos que a continuación se mencionan, se fijan las siguientes oportunidades:
-Ciudadanas GLADYS HIMELDA MANZANILLA DE ROMAN y AURA CLOTILDE PULIDO DE FERNANDEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nº 2.142.834 y 1.899.577, respectivamente, se fijan las Diez (10:00 a.m.) y Once (11:00 a.m.) de la mañana, del Tercer (3er) día de despacho siguiente a la constancia en autos de la práctica de la última notificación que de las partes se haga del presente auto, a fin de que tenga lugar el acto de declaración de testigo.-
-Ciudadanos NUNO ACACIO DE FREITAS DE MATA y JORGE LUIS GONZALEZ MARTÍN, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº V-8.092.440 y 5.894.797, se fijan las Diez (10:00 a.m.) y Once (11:00 a.m.) de la mañana, del Cuarto (4to) día de despacho siguiente a la constancia en autos de la práctica de la última notificación que de las partes se haga del presente auto, a fin de que tenga lugar el acto de declaración de testigo.-
Por cuanto las pruebas se admiten fuera del lapso legal se ordena la notificación de las partes, continuando su curso legal al día siguiente de despacho a la constancia en autos de la ultima notificación que de las partes se haga- CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY

EL SECRETARIO TITULAR,

ABG. LEONARDO MÁRQUEZ
AMCDM/ER