REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 09 de Diciembre de 2013
202º y 154º

Visto el escrito de demanda, presentado por la abogada MERCEDES M. ROJAS HERMOSO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 133.890, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HUMBERTO ANTONIO DHERS NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.455.819. SE ADMITE cuando ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. El Tribunal hace del conocimiento a las partes que este juicio se tramitara por el procedimiento BREVE de conformidad con lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil y conjuntamente con el artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se emplaza a la demandada, Sociedad Mercantil DCM, C.A., representada por el ciudadano, MARTIN JOSE MEMBRILLO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.242.916, para que comparezca por ante este Tribunal, el segundo (2do.) día de despacho siguiente después de practicada su citación, a dar contestación a la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. A los efectos de la citación acordada compúlsese copia certificada del escrito de la demanda, del presente auto, junto con su orden de comparecencia al pié, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario