JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-
Valencia, 10 de Diciembre de 2013
Años: 203º y 154º
Expediente Nº 13.138
En fecha 06 de noviembre de 2013, venció el lapso para ejercer el recurso de apelación en la presente causa contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 06 de mayo de 2013, sin que las partes hayan hecho uso del mismo; este Tribunal declara firme la referida sentencia dictada en el presente procedimiento, mediante el cual se declaró: “…La suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (BS. 335.000,00) como monto de los honorarios profesionales que debe pagar el Municipio Falcón del Estado Cojedes, a los abogados demandantes, Héctor Rafael Gámez Arrieta, Carmen Rosa Gámez Colmenares, José Elías Pinto, Ojeda y Luis Rafael Herrera Montenegro, titulares de las cédulas de identidad N° 1.353.279, 4.229.423, 4.134.580 y 14.078.620, respectivamente, inscritos en el INPREABOGADO con los N° 2.769, 16.264, 22.255 y 122.053, por haber actuado en el juicio de Amparo Constitucional, seguido en el expediente N° 12.178 de este mismo Juzgado…”.
En fecha 11 de noviembre de 2013, diligenció la abogada Carmen Rosa Gámez Colmenares, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 16.264, parte demandante, expuso lo siguiente: “…Firme como ha quedado la anterior sentencia dictada en este juicio, solicito del Tribunal ordene su ejecución, en consecuencia, pido se decrete la ejecución voluntaria de la misma…”, se acuerda de conformidad su pedimento.
Se acuerda la Ejecución Voluntaria de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 06 de mayo de 2013, que ordenó el pago TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (BS. 335.000,00), por parte del Municipio Falcón del Estado Cojedes, por concepto de honorarios profesionales a los demandantes de autos.
Por tratarse el ejecutado de ente público territorial y en virtud de sus privilegios procesales, conforme a lo establecido en el artículo 158 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, se ordena oficiar al ciudadano Alcalde del Municipio Falcón del Estado Cojedes, remitiéndole anexo copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 06 de mayo de 2013, y del presente auto, a fines del cumplimiento voluntario de la decisión judicial firme de la controversia relacionada con la orden de pago por parte del Municipio Falcón del Estado Cojedes, a los demandantes, ciudadanos Héctor Rafael Gámez Arrieta, Carmen Rosa Gámez Colmenares, José Elías Pinto, Ojeda y Luis Rafael Herrera Montenegro, del monto de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (BS. 335.000,00), por concepto de honorarios profesionales, lo cual deberá realizar dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes, contados desde que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.
En tal sentido, podrá la autoridad municipal, en dicho lapso, proponerle al ejecutante una forma de cumplir con la sentencia. Si ésta es rechazada, las partes de común acuerdo podrán suspender la causa por el tiempo que convengan a fines de lograr propuesta concreta. Transcurrido el lapso para la ejecución voluntaria de la sentencia definitivamente firme dictada por este Tribunal, en fecha 23 de noviembre de 2009, sin que la sentencia se haya cumplido, se procederá a la ejecución forzosa de la misma.
Notifíquese también del presente auto al ciudadano Síndico Procurador Municipal del Municipio Falcón del Estado Cojedes, con copia certificada de la sentencia mencionada y del presente auto.
Se les conceden al Alcalde y al Síndico Procurador Municipal del Municipio Falcón del Estado Cojedes, un (01) día continuo como término de la distancia de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a este procedimiento según lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Se comisiona al Juez del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, para que realice la notificación del ciudadano Alcalde y del Síndico Procurador Municipal del Municipio Falcón del Estado Cojedes.
El Juez Provisorio,
Abg. JOSÉ GREGORIO MADRIZ DÍAZ
El Secretario,
Abg. SADALA JOSÉ MOSTAFÁ
Exp. Nº 13.138. En la misma fecha se libraron oficios Nros. 2116, 2117, ____2118 y Despacho de Comisión.
El Secretario,
Abg. SADALA JOSÉ MOSTAFÁ
JGM/Dona
Diarizado Nº _____
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