REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 06 de Diciembre de 2013
203º y 154º

Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 02 de Diciembre de 2013, por el Ciudadano: MEJIA RAMON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.083.475, Asistido por el abogado en el ejercicio: MARQUEZ ALZUALDEZ ROMMEL ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 201.328, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos, éstos se declararán en el momento oportuno que la parte así los presenten.

EL JUEZ TITULAR


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART


El Secretario Titular



Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 4612-13.


El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA









SOL. N° 4612-13
ALA/JPPT/Oswaldo

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