REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia
Valencia, 2 de Diciembre de 2013
Años 203º y 154º

ASUNTO: GP01-R-2013-000113
Ponente: CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO

Corresponde a esta Sala conocer el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada JORGETZY GARABAN GARCÍAS, Defensora Pública Novena Penal, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando con el carácter de defensora del ciudadano ANGEL ROSENDO ESPINOZA, en contra de la sentencia publicada en fecha 20 de octubre de 2012 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual condenó al acusado antes mencionado a cumplir la pena de seis (6) meses y quince (15) días de Prisión por el delito de LESIONES GRAVES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, previsto y sancionado en el artículo 415 en relación con el artículo 420 del Código Penal venezolano, en las actuaciones del asunto Nº GP01-P-2009-011593.

Dado el trámite legal al recurso de apelación, la juzgadora a quo remitió las actuaciones a la Corte de Apelaciones, dándosele entrada a dicha causa en esta Sala Nº 2 de la Corte en fecha 15 de agosto de 2013; quedando asignada la ponencia por distribución computarizada a la Juez Superior Nº 5 integrante de esta Sala, CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO.

Mediante auto de fecha 19 de agosto de 2013 la Sala acordó solicitar las actuaciones del asunto principal Nº GP01-P-2009-011593.

Mediante auto de fecha 20 de agosto de 2013 se abocó al conocimiento de la causa la Juez Superior temporal, YOIBETH ESCALONA MEDINA, en virtud de suplir la falta temporal de la Juez Superior ELSA HERNÁNDEZ GARCÍA, a quien le fueron concedidas las vacaciones legales.

En fecha 18 de septiembre de 2013 se dictó auto mediante el cual asume nuevamente el conocimiento de la causa la Juez Superior Elsa Hernández García, luego de concluidas las vacaciones legales; constituyendo la Sala conjuntamente con las Juezas Carmen Beatriz Camargo Patiño (Ponente) y Fátima Gregoris Segovia CH. En esta misma fecha la Sala ratificó la solicitud de actuaciones del asunto principal.

Mediante auto de fecha 7 de octubre de 2013 se abocó al conocimiento de la causa la Juez Superior suplente, YOIBETH ESCALONA MEDINA, en virtud de suplir la falta temporal de la Juez Superior integrante de esta Sala 2, CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO, a quien le fueron acordadas las vacaciones legales.

En fecha 6 de noviembre de 2013 se dictó auto mediante el cual se reciben las actuaciones del asunto principal N• GP01-P-2009-011593 seguidas al acusado ANGEL ROSENDO ESPINOZA, procedentes del Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal.

En fecha 11 de septiembre de 2013 se dictó auto mediante el cual asume nuevamente el conocimiento jurisdiccional de la causa la Juez Superior Carmen Beatriz Camargo Patiño, luego de concluidas las vacaciones legales.

En fecha 22 de noviembre de 2013 se dictó auto mediante el cual se aboca al conocimiento de la causa Juez Superior temporal designada YOIBETH ESCALONA MEDINA, para cubrir la falta temporal de la Juez Superior FÁTIMA GREGORIS SEGOVIA CH., a quien le fue indicado reposo médico.

Esta Sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y de conformidad con el artículo 428 ejusdem, a los fines de admitir o no el presente recurso observa:

PRIMERO: Que el recurso de Apelación fue ejercido por la abogada JORGETZY GARABAN GARCÍAS, Defensora Pública adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Carabobo, actuando con el carácter de defensora del ciudadano ANGEL ROSENDO ESPINOZA, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, publicada en fecha 27 de febrero de 2013, por lo que posee legitimidad para ejercer dicho medio de impugnación, tal como consta en las actuaciones.

SEGUNDO: Que la sentencia recurrida fue publicada en su texto íntegro en fecha 27 de febrero de 2013, siendo libradas Boletas de notificación a las partes en fecha 17 de abril de 2013; y realizado acto de imposición de la sentencia al acusado ANGEL ROSENDO ESPINOZA en fecha 20 de junio de 2013, siendo que el escrito de apelación fue presentado por la defensora pública, abogada Yorgetzy Garaban en fecha 18 de abril de 2013, es decir antes de la realización del acto de imposición personal de la sentencia condenatoria, por lo que, se tiene ejercido dicho medio de impugnación en tiempo hábil de ley.

Así mismo se observa al folio (25) de las actuaciones del presente recurso, copia de la planilla de notificaciones de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, donde se evidencia sello de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de fecha 17/7/2013, concerniente a la Boleta de emplazamiento que fuera librada por el Juzgado a quo, sin que conste en las actuaciones escrito de contestación al recurso, así se hace constar.

TERCERO: se trata de una decisión recurrible y no existiendo causal alguna que impida su admisión, según las causales señaladas taxativamente en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara ADMITIDO el recurso interpuesto.

CUARTO: Admitido el recurso, se fija acto de Audiencia Oral y Pública para el día doce (12) de diciembre de 2013, a las 10:00 am, de conformidad con lo establecido en el Artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal. Convóquese a las partes. Líbrese Boletas.

Jueces de Sala


CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO
(Ponente)


ELSA HERNANDEZ GARCIA YOIBETH ESCALONA MEDINA
El Secretario,

Abg. Carlos López Castillo


Hora de Emisión: 4:24 PM