REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 18 de enero de 2013
202º y 153º

Sentencia Interlocutoria 015-2013
Vista la diligencia de fecha 16 de enero del 2.013, suscrita por el ciudadano Carlos David Nunes Gomes, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.559.290, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.751, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente “ABASTO EL JARDIN DEL VALLE, S.R.L.”, en la cual solicita a este Tribunal, se pronuncie con respecto a la solicitud de amparo cautelar presentado, este Órgano Jurisdiccional a los efectos de pronunciarse sobre dicho pedimento, hace las siguientes observaciones
Primero: En fecha 15/01/2013, el ciudadano Carlos David Nunes Gomes, consigno dos (02) juegos de copias simples del Recurso Contencioso Tributario con Acción de Amparo Cautelar a los fines de notificar a los ciudadano Sindico Procurador y Alcalde del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de proceder con el Artículo 267 del Código Orgánico Tributario.
Segundo: En la presente fecha este Tribunal dictó auto ordenado el desglose de las copias en referencia y libra boletas de notificaciones a los ciudadanos Sindico Procurador y Alcalde del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Tercero: Ante la mencionada evidencia, el Tribunal niega el pedimento del diligénciate, por cuanto no se han recibido las resultas de las antes mencionadas boletas. Así mismo este Órgano Jurisdiccional advierte que se pronunciara sobre la referida Acción de Amparo Cautelar, en la Admisión del Recurso.
El Juez Titular.

Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto No: AP41-U-2012-000649
RCJ/HERE/agl