REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 24 de enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: AH1C-V-2008-000044
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado LUIS GONZALO MONTEVERDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.643, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y el pedimento en ella contenido, este Tribunal, por cuanto se observa de autos, que se encuentra vencido el lapso de ocho (08) días de despacho concedido a la parte demandada, para que diera cumplimiento voluntario a la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 30 de Marzo de 2012, mediante la cual homologo el convenimiento presentado por las partes, y no constando en autos dicho cumplimiento, decreta la EJECUCIÓN FORZOSA de la referida sentencia, conforme a lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 528 Eiusdem. En consecuencia, se ordena la ENTREGA MATERIAL real y efectiva de los bienes inmuebles objeto del presente proceso, a la parte actora sociedad mercantil INMOBILIARIA CARACAS, S.A, con el apercibimiento de que dicha entrega será libre de personas y cosas, bienes inmuebles estos, que se identifican a continuación:
“Dos (02) sótanos distinguidos con los números 1 y 2 del Edificio Aitor, el cual esta situado en la Urbanización Central, Jurisdicción de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuyas características y linderos de los mismo se señalan de la siguiente manera:
S-1: tiene una superficie aproximada de cuatrocientos ochenta y nueve metros cuadrados (489 mts2), situado en la parte sur del inmueble y alinderado así: NORTE: sótano S-2 y rampa de acceso a los sótanos; SUR: con la calle Quinta; ESTE: con la calle El Loro; y OESTE: con la parcela No. 52 de la urbanización Central. En el centro de este sótano se encuentran ubicadas las áreas de servicios, como caja de ascensores, escaleras, pasillo, sala de bombas, estanques subterráneos y depósito para utensilios de la conserjería. Quedo en este sótano establecida una servidumbre de paso a favor de la comunidad del edificio a objeto que pudieran tener acceso, en caso de necesidad, las personas autorizadas para el mantenimiento y revisión de las instalaciones y áreas de servicio allí ubicadas.
S-2: tiene una superficie aproximada de un mil quince metros cuadrados (1.015 mts2), situado en la parte norte del inmueble, y alinderado así: NORTE: con la parcela No. 41 de la Urbanización Central; SUR: con el sótano S-1, la rampa de acceso a los sótanos y áreas de servicios comunes y deposito D-1; ESTE: con calle El Loro; y OESTE: con las parcelas Nros. 50, 48, 46 y 44 de la Urbanización Central.
Dichos inmuebles le pertenece a la sociedad mercantil INMOBILIARIA CARACAS, S.A., según consta en titulo de propiedad debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 25 de Agosto de 1.989, quedando anotado bajo el Nro 44, Tomo 27, Protocolo Primero.
Para la practica de la entrega material aquí ordenada, se ordena librar mandamiento de ejecución al Juzgado Distribuidor de Municipio Ejecutor de Medidas Preventivas y/o Ejecutivas del Área Metropolitana de Caracas. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. BELLA DAYANA SEVILLA JIMÉNEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. JENNY VILLAMIZAR.
En esta misma fecha se libro mandamiento de ejecución.
LA SECRETARIA,
ABG. JENNY VILLAMIZAR.
BDSJ/JV/FB-04
ASUNTO: AH1C-V-2008-000044 (25.808)