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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, dieciséis de enero de dos mil trece
 202º y 153º
 ASUNTO: AP21-S-2013-000024
 
 Vista la transacción presentada en fecha once  (11) enero de 2013, suscrita por la parte  oferida, el ciudadano  WENDERS GUZMAN  MOLINA , titular de la cédula de identidad Nº V- 22.118.546, debidamente asistido por el abogado  CARLOS JOSE MATOS ZERPA , inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 123.505, por una parte y por la otra, la aboga GUSTAVO ADOLFO HANDAM LOPEZ , inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 78.275, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente BAR RESTAURANT CASA CORTES C.A, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CATORCE MIL SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON VENTICUATRO CENTIMOS (BS 14.076,24) quien recibe a su cabal y entera satisfacción, la totalidad de la suma neta mediante 1.- un cheque N° 00021249, girado a su nombre  en fecha 07 de enero de dos mil trece (2013) contra el banco Banesco Banco Universal, En consecuencia este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE PAGO suscrito entre las partes.-
 
 La Juez
 
 La  Secretaria
 Abg. Angélica Hernández
 
 Abg  Luisana Cote
 
 
 
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