| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintitrés de enero de dos mil trece
 202º y 153º
 
 ASUNTO: AP21-S-2012-002951
 
 Vista la transacción presentada en fecha 13 de diciembre  2012, suscrita por las parte oferida la ciudadana ANA ALVARADO  titular de la cedula identidad n° 9.620.6999 debidamente asistida por el abogado JOCOPO FRANCISCO GOUVEIA VELAZCO, inscrito  en el Inpreabogado bajo el N° 144.086, y por la parte oferente  el Abogado ARMANDO JOSE SANCHEZ RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.604, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente la sociedad mercantil GRUPO 4GD, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidades de CUATRO MIL SETENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (4.071,34)  a nombre de la oferida, y cancelado mediante cheques   el primero identificado con el N°,00016705, contra el Banco Provincial , y segundo por la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS DIECISIEIS  CON TREINTA Y CINCO CENTIMSO (2.716,35)  cheque N° 0016680, el tercero por monto de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA  BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (2.730,00)  , cheque N° 00016693 y cuarto por un monto de UN MIL (1000,00) cheque  N° 00017152  ultimo pago en consecuencia,  este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
 
 La  Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Migdalia Montilla
 
 
 Abg. Marcial Mecía
 
 
 
 
 |