REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 31 de enero de 2013
202º y 153º
Expediente Nro. 06023
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ENDER ALEXANDER VEGA AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.694.539.
DEMANDADA: OLIVA YOKASTA PEÑA FLORES, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-20.849.120.
MOTIVO: MODIFICACION DEL EJERCICIO DE LA CUSTODIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 31/01/2013, presentes los ciudadanos ENDER ALEXANDER VEGA AVILA y OLIVA YOKASTA PEÑA FLORES, las partes manifestaron su voluntad de llegar a un convenimiento y de mutuo y común acuerdo convienen en establecer un Régimen de Convivencia Familiar en los siguientes términos: “El padre buscará a la niña dos veces a la semana a las 9:30 am en el hogar de la madre y deberá retornarla a las 6:00pm con la obligación de llevarla a la escuela a las 12:45 y buscarla a las 4:30pm en la escuela; así mismo el padre cada 15 días podrá buscar a la niña a las 9:30am y la retornará el día domingo a las 6:00pm. Los días de asueto, vacaciones escolares y decembrina ambos padres las compartirán de forma alterna, y la mitad del periodo con cada uno de los progenitores, el día del padre la niña lo compartirá con el padre y el día de la madre con la madre.” Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ENDER ALEXANDER VEGA AVILA y OLIVA YOKASTA PEÑA FLORES. CUMPLASE. -----------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA
ABOG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ