REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre:
TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
202° y 153°
Recurso de apelación: AP51-R-2012-019055
Sustanciado conforme a derecho y siendo la oportunidad para decidir, se declara “vistos” por el juez Emilio Ruiz Guía.
Asunto Principal: AP51-V-2005-001362
Parte Demandada Recurrente: Nelson Lorenzo González Ortiz, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.847.606.
Apoderado Judicial: Acacio German Sabino Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.317.
Niños/adolescentes: Eileen Giannine González Prado.
Motivo: Divorcio.
Sentencia recurrida: De fecha 26 de Septiembre de 2012 del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Niños, Niñas y adolescentes del Area Metropolitana de Caracas y nacional de adopción internacional.
Recibido en fecha 07 de Diciembre de 2012, el 25 de Enero de 2013, se llevó a cabo la Audiencia del Recurso de Apelación, donde se verificó la presencia del abogado Acacio German Sabino Fernández, quien fundamentó su apelación en la inasistencia de la demandante a la audiencia de juicio, lo cual trae como consecuencia el desistimiento del procedimiento de conformidad con el articulo 522, así como a la extensión de la obligación de manutención de conformidad con el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, parágrafo segundo.
En este sentido, se observa que las pruebas traídas al juicio principal signado con el numero AP51-V-2005-001362, fueron debidamente promovidas y evacuadas sin trastocar el debido proceso; en consecuencia, este Tribunal Superior Cuarto pasó por lo decidido por resultar inoficioso un pronunciamiento idéntico, no obstante, observó esta alzada, que el a quo dicto sentencia en fecha 26 de septiembre de 2012, la cual declaro con lugar la demanda de divorcio contencioso fundamentado en el ordinal 3° del articulo 185 del Código Civil, interpuesta por la ciudadana Nuris del Valle Prado Piñero, contra el ciudadano Nelson Lorenzo González Ortiz, declarando disuelto el vinculo conyugal existente entre los ciudadanos antes nombrados.
En lo referente al mencionado punto esta alzada confirma la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. Seguidamente el tribunal ad quo se pronuncio en la referida sentencia con relación a la solicitud de extensión de obligación de manutención, realizada por la joven Eileen Giannine González Prado, quien adquirió la mayoría de edad para la fecha de 13 de julio de 2011, y extendió dicha obligación en beneficio de la joven antes identificada, por la cantidad de CUATRO MIL CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.000,00) mensuales, teniendo una vigencia hasta que termine la carrera universitaria que cursa en la actualidad o hasta que la beneficiaria cumpla 25 años de edad; en cuanto a este punto esta superioridad considera que la misma resulta inoficiosa en virtud de que la joven adquirió la mayoría de edad, y siendo la extensión de obligación de manutención un procedimiento autónomo debe tramitarse de forma separada; así se establece.
En consecuencia, vistas las consideraciones pertinentes, este Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara parcialmente con lugar, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 26/09/2012, del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que declaro el divorcio de los ciudadanos de los ciudadanos Nuris del Valle Prato y Nelson Lorenzo González, y extendió la obligación de manutención a favor de la joven Eileen Giannine, ya mayor de edad. En consecuencia y por efecto del presente fallo, se confirma la sentencia de divorcio de fecha 26/09/2012, que declaro el divorcio de los ciudadanos Nuris del Valle Prato y Nelson Lorenzo González, titulares de las cedulas de identidad numero V-10.946.220 y V-6.847.606; y se revoca la extensión de obligación de manutención, a favor de la joven Eileen Giannine González Prado, la cual se debe tramitar por expediente aparte; y así se declara.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de audiencias del Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los treinta días del mes de Enero del año dos mil trece. Año 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Yugaris Carrrasquel


En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria
Yugaris Carrasquel
AP51-R-2012-019055