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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Caracas, 24 de enero de 2012
 202º y 153º
 
 ASUNTO: AP51-J-2012-023503.
 
 Vista la aceptación del cargo de Curador Ad-Hoc hecha por la ciudadana MARIA FRANCHESCA FRONDUTO SOLIMANDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-9.920.000, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto y cumplidos como han sido los extremos de Ley, esta Juez del Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, discierne en la persona de la ciudadana MARIA FRANCHESCA FRONDUTO SOLIMANDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-9.920.000, el cargo de CURADORA AD-HOC, del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN,  de dieciséis (16) años de edad. En tal sentido, expídanse por secretaría copias certificadas de las actuaciones que integran el presente expediente y remítanse al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada, una vez sean aportados los fotostátos requeridos. Por último, visto que no restan más actuaciones por realizar y por cuanto han sido cubiertos los extremos de Ley se ordena el cierre y posterior archivo definitivo de la presente causa. Cúmplase.-
 La Juez,
 El Secretario,
 Abg. Yudy Blanco.
 Abg. Iván Cedeño.
 Erick Rodríguez.-
 
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