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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
 TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO  (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN
 CARACAS, _____ de enero de 2013
 202º Y 153º
 
 ASUNTO: AP51-J-2012-024415
 SOLICITANTE: BELKIS LORENA MADRIZ HENRIQUEZ y FRANKLIN ALBERTO DIAZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.384.045 y V-611.682.923, respectivamente.
 Abogado: HAROLD VELASQUEZ CARREÑO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.497
 Motivo: DIVORCIO 185-A.
 
 Vistas las actas que conforman el presente asunto, es especial el acta de fecha 17/01/2013, en la cual se dejó constancia de la NO COMPARECENCIA de las partes a la audiencia fijada por este Tribunal para la referida fecha, ello de conformidad con lo estipulado en el articulo 512 de nuestra Ley especial, es por lo que se considera DESISTIDO el presente procedimiento de conformidad con lo previsto en el articulo 514 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en consecuencia se declara EXTINGUIDA la presente solicitud de Divorcio 185-A.
 En virtud de lo expuesto anteriormente, este Juez del Tribunal Décimo Quinto  (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA, la presente solicitud de Divorcio 185-A, incoada por los ciudadanos BELKIS LORENA MADRIZ HENRIQUEZ y FRANKLIN ALBERTO DIAZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.384.045 y V-611.682.923, respectivamente, por lo cual se ordena su CIERRE Y ARCHIVO.
 PUBLIQUESE Y REGISTRESE
 Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, al _____° día del mes de Enero de Dos Mil Trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
 EL JUEZ
 
 ABG. RAFAEL VILLAVICENCIO PIÑA
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. LUISA OLIVEROS
 
 Brey*
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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