REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: KP02-F-2012-001277
Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, este Juzgador observa que el lapso estipulado para la consignación de los documentos originales o en su defecto las Copias certificadas de los documentos, se encontraba vencido para el lapso en el cual fue solicitada la devolución de Originales, este Tribunal declara INADMISIBLE la misma, Así se decide.-
La Juez
Abg. Eunice B. Camacho Manzano
La Secretaria
Abg. Bianca M. Escalona T.
EBCM/BMET/roo.-