REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara


N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2012-001486
PARTE ACTORA: ANTONIO JOSE JIMENEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.736.682
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LISANGELA MARTINEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro 133.363
PARTE DEMANDADA: DESTILERIAS UNIDAS S.A.
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: LIGIA GARAVITO, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 80.533
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO

Hoy 10 de ENERO de 2013, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano CESAR ALVARADO; la parte demandada compareció su apoderada judicial abogada LIGIA GARAVITO, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 80.533 quine presenta documento poder en copia fotostática para ser agregada a los autos y por la parte demandante ciudadano ANTONIO JOSE JIMENEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.736.682 no hizo acto de presencia ni por si ni por apoderado judicial; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Se deja constancia que comparece la abogada LISANGELA MARTINEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro 133.363, sin documento poder.



Abg. José Tomas Álvarez Mendoza
El Juez

La Secretaria
El Alguacil


Demandada
Compareciente