REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 30 de Enero de 2013
202º y 153º
Visto el contenido de la demanda y sus recaudos anexos presentado por el abogado JUAN DE LA CRUZ HERRERA HERNANDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 24.492, actuando en este acto en nombre y representación de la entidad mercantil INVERSIONES EL OCTAGONO C.A.,inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el día 07 de Mayo de 1998, bajo el Nº 67, Tomo33-A, por cuanto la misma no es contraria al orden publico a las buenas costumbres o alguna disposición expresa por la Ley, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte demandada Sociedad Mercantil GELCA INGENIEROS CONSULTORES C.A., registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de Junio de 1996, bajo el Nº 28, Tomo 285-A-Sgdo; en la persona de su Presidente el ciudadano GERMAN LOZANO, venezolano, mayor de edad; titular de la cedula de identidad Nº V-4.166.147, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a partir de la fecha a que conste en autos la ultima de la citación, mas dos (2) días que se le concede como termino de la distancia; a dar contestación a la demanda por resolución de contrato. Expídanse copias certificadas fotostáticas del libelo de la demanda, del presente auto, con su orden de comparecencia al pié, a fin de formar la compulsa respectiva de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y entréguesele al Alguacil de este Tribunal a los fines de tramitar la citación. Líbrese compulsa.
Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro compulsa.-
Abg. Juan Carlos López Blanco
Secretario