REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
El Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
SOLICITANTE (S): MARIA DE LOURDES SERUR COHEN y EDWIN ALBERTO DUARTE BUSTOS, venezolana y colombiano en su orden, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-16.319.803 y FA957445 respectivamente, de este domicilio.
ABOGADO: JONELT JOSÉ FERRER SAAVEDRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 142.781.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS (CONVERSION DIVORCIO).
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nro.: 4480.
I
Por escrito presentado en fecha 09 de diciembre de 2010, por los ciudadanos: MARIA DE LOURDES SERUR COHEN y EDWIN ALBERTO DUARTE BUSTOS, venezolana y colombiano en su orden, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-16.319.803 y FA957445 respectivamente, de este domicilio, asistidos por el Abogado JONELT JOSÉ FERRER SAAVEDRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 142.781, ante el Tribunal distribuidor, mediante la cual solicitaron que el Tribunal decrete la separación de cuerpos, en base a las siguientes consideraciones: manifestaron los cónyuges haber contraído matrimonio en fecha 15 de octubre de 2.009, por ante la Alcaldía del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, Registro Civil de la Parroquia Morón; establecieron su último domicilio conyugal en la urbanización La Esperanza, Manzana “C”, casa Nro. 6, Tocuyito, municipio Libertador del estado Carabobo, y alegan que durante la unión conyugal no procrearon hijos y no adquirieron bienes.
Se le dio entrada en fecha 13 de diciembre de 2010.-
En fecha 07 de febrero de 2011, fue admitida la solicitud y en la misma fecha este Tribunal declaro solemnemente LA SEPARACION DE CUERPOS a los cónyuges anteriormente identificados.
Mediante diligencia de fecha 01 de marzo de 2011, comparece la ciudadana MARIA DE LOURDE SERUR COHEN, (cónyuge) supra identificada, asistida de Abogado, mediante la cual solicito que el Tribunal decrete la conversión en divorcio de la solicitud de separación de cuerpos por haber transcurrido mas de un (1) año, sin haberse producido entre ellos reconciliación alguna.
En fecha 29 de enero de 2.013, consta al folio doce (12) del expediente, la notificación personal del ciudadano EDWIN ALBERTO DUARTE BUSTOS, ya identificado en autos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 185 último aparte de nuestro Código Civil vigente, practicada por el Alguacil Titular de éste Tribunal.
II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Habiendo transcurrido el lapso establecido en la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en su primer aparte, este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de separación de cuerpos, formulada por los ciudadanos MARIA DE LOURDES SERUR COHEN y EDWIN ALBERTO DUARTE BUSTOS, ut supra identificados y en consecuencia DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial que los une y contraído en fecha 15 de enero de 2.009, por ante la Alcaldía del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, Registro Civil de la Parroquia Morón, según consta de Acta de Matrimonio emanada por ante la Oficina de Registro Civil Morón, de la Alcaldía Bolivariana del Estado Carabobo, inserta el folio tres (03) de la presente solicitud signada bajo el Nro. de expediente 4480.-
Disuélvase la comunidad conyugal.-
Publíquese y déjese copia.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Valencia a los veintinueve (29) días del mes de enero de dos mil trece (2013). Años 202º de independencia y 153º de federación.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZALEZ.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 02:30 horas de la tarde.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.
JGRG/mical.-
Exp. 4480.-
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