REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 23 de Enero del 2013
202º y 153º


SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE: GP02-L-2012-002494
PARTE ACTORA: YUSMARY RIVAS
ABOGADOO APODERADO DE LA PARTE ACTORA :JOENNY SUAREZ
PARTE DEMANDADA: FARMATODO C.A..
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FELIPE BELOV
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

En el día hábil de hoy 23 de Enero de 2013 siendo las 09:00 A.M. hora y fecha fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar Primigenia se encuentra presente el profesional del derecho JOENNY SUAREZ debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 102.654 apoderado judicial de la parte actora, ciudadana YUSMARY JOSEFINA RIVAS GOMEZ. titular de la cédula de identidad Nos. 12.924.662 , y por la parte demandada FARMATODO C.A. .el abogado en ejercicio FELIPE BELOV debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 9.058 según consta de poder que autenticado en la Notaría Pública 6 de Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 26/05/2010 No. 21 Tomo 95 el cual consigna previa certificación. En el desarrollo de la Audiencia Preliminar la representación judicial de la parte actora manifestó, con faculta expresa para ello conferida en el instrumento poder otorgado al efecto, su deseo de DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO libre de todo apremio y como consecuencia de los hechos expuestos en el desarrollo de la Audiencia Preliminar en lo concerniente a que carece de la debida Certificación por el órgano competente de la Enfermedad Ocupacional alegada. En éste estado el apoderado judicial de la parte demandada interviene y expone: Manifiesto mi consentimiento al desistimiento manifestado por la representación judicial de la parte actora, de conformidad con el Código de Procedimiento Civil. Vistas la exposiciones de las partes éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO . PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°.

La Juez



Abog. GLADYS CLARET MIJARES LUY
El Secretario
Abg. ANMARIELLY HENRIQUEZ


ABOGADO APODERADO PARTE ACTORA


ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA


GP02.L.2012-002494