REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, diez de enero de dos mil trece
202º y 153º

Nº de expediente: GP02-L-2012-002352
Parte demandante: RAIZA DA SILVA, titular de la cedula de identidad N° 18.435.729 (No Asistió)

Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: No Asistió
Parte Demandada :


Apoderado judicial de la Parte demandada:
CORPORACION MUNDO SAMIRA, C.A

Abogado: OMAR ARNALDO PEREZ REINA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.238
Motivo: CALIFICACION DE DESPIDO

ACTA
En el día hábil de hoy diez (10) de enero de dos mil trece, siendo las 10:00 am oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE COMPARECIO LA PARTE DEMANDADA: CORPORACION MUNDO SAMIRA, C.A debidamente representada por el abogado OMAR ARNALDO PEREZ REINA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.238 y en este acto consigna Poder en original y copia a los efectos que se le certifique la copia y se le devuelva su original y asi el Tribunal lo acuerda y lo agrega al expediente y se deja constancia que LA PARTE DEMANDANTE: RAIZA DA SILVA, titular de la cedula de identidad N° 18.435.729 “NO COMPARECIO” a la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°.
LA JUEZ,

KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES


EL COMPARECIENTE

LA SECRETARIA