REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

Caracas, ______________ de _____________ de 2013
Años 202° y 153°
En fecha 21 de enero de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los Abogados Alirio Naime y Jesús Reimi, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros. 23.288 y 37.780, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil FUNDACIONES FRANKI C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y estado Miranda en fecha 15 de mayo de 1956, bajo el Nº 25. Tomo 9-A, siendo su última reforma, inscrita en la mencionada oficina de Registro Mercantil en fecha 23 de julio de 2007, bajo el Nº 67, Tomo 109-A-sgdo., contra el Acto Administrativo Nº CAD-PRE-CJ-0159661, del 27 de julio de 2009, emanado de la Presidencia de la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI).

En fecha 25 de enero de 2010, se dio cuenta a la Corte y por auto de la misma fecha, ordenó pasar el presente expediente al Juzgado de Sustanciación este Órgano Jurisdiccional.
En 27 de enero de 2010, se pasó y se recibió el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte.

En fecha 1º de febrero de 2010, el Juzgado de Sustanciación de esta Corte, admitió el presente recurso contencioso administrativo de nulidad y ordenó practicar las notificaciones de los ciudadanos Fiscal General de la República, Procuradora General de la República y Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). En ese sentido, advirtió que al día de despacho siguiente a que constara en autos la última de las citaciones anteriormente ordenadas, se libraría el cartel al cual alude el aparte 11 del artículo 21 de la entonces vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, el cual debería ser publicado en uno de los diarios de mayor circulación nacional y retirado por el recurrente dentro de los treinta (30) días de despacho siguientes a su expedición y luego de ser publicado, éste último dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación, debería consignarlo a los autos; so pena de declararse el desistimiento del recurso en la presente causa.

En esa misma fecha, se libraron las notificaciones in commento.

En fecha 22 de febrero de 2010, se dejó constancia en autos de la notificación del ciudadano Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), el 11 de febrero de ese mismo año.

En fecha 25 de febrero de 2010, se dejó constancia en autos de la notificación de la ciudadana Fiscal General de la República.

En fecha 10 de marzo de 2010, se dejó constancia en autos de la notificación de la ciudadana Procuradora General de la República.
En fecha 25 de marzo de 2010, se libró cartel de emplazamiento a los interesados, conforme a lo dispuesto en el aparte 11 del artículo 21 de la entonces vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

En fecha 20 de abril de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Alirio Naime, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Fundaciones Franki C.A., mediante la cual retiró cartel de emplazamiento ordenado ut supra.

En fecha 21 de abril de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº CAD-PRE-CJ-0092079, del 15 de marzo de ese mismo año emanado de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), mediante la cual envían los antecedentes administrativos del caso in commento. En esa misma oportunidad, el Juzgado de Sustanciación acordó agregar el referido oficio y abrir las correspondientes piezas separadas.

En fecha 22 de abril de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Alirio Naime, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Fundaciones Franki C.A., mediante la cual consignó -en original- el cartel de emplazamiento ordenado ut supra.

En fecha 11 de mayo de 2010, se dio inicio el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas, el cual venció el 18 de mayo de ese mismo año.

En fecha 19 de mayo de 2010, el Juzgado de Sustanciación de este Órgano Jurisdiccional ordenó remitir el presente expediente a esta Corte de conformidad con lo dispuesto en el aparte 21 del artículo 19 de la entonces vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. En esta misma, fecha se remitió expediente in commento.

En fecha 20 de mayo de 2010, esta Corte recibió el presente expediente.

En fecha 24 de mayo de 2010, se designó Ponente a la Juez MARÍA EUGENIA MATA.

En fecha 27 de mayo de 2010, se difirió la oportunidad para la realización de la audiencia de informes orales en la presente causa.

En fecha 30 de junio de 2010, la Secretaría de esta Corte fijó el lapso de cuarenta (40) días de Despacho, para que las partes presentaran sus escritos de informes respectivos.

En fecha 7 de octubre de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, del Abogado Alirio Naime, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Fundaciones Franki C.A., el escrito de informes.

En fecha 13 de octubre de 2010, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por la Abogada Enoy Celestina Guaquirima, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 104.929, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), mediante la cual consignó copia simple del poder que acreditaba su representación y escrito de informes.

En fecha 27 de octubre de 2010, esta Corte dijo “Vistos” y se ordenó pasar el expediente a la Juez Ponente. En esta misma oportunidad, se pasó el presente expediente in commento.

En fecha 14 de julio de 2011, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el escrito de opinión fiscal presentado por el Abogado Juan Betancourt Tovar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 44.157, actuando con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público antes las Cortes Contencioso Administrativo, mediante la cual realizó consideraciones en la presente causa.

En fecha 23 de enero de 2012, en razón de la incorporación de la Abogada Marisol Marín R., se reconstituyó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y se eligió la nueva Junta Directiva quedando conformada de la siguiente manera: EFRÉN NAVARRO, Juez Presidente; MARÍA EUGENIA MATA, Juez Vicepresidente y MARISOL MARÍN R., Juez.

En fecha 24 de febrero 2012, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa, advirtiendo la reanudación de la misma una vez transcurrido el lapso previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 12 de junio de 2012, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, la diligencia suscrita por el Abogado Alirio Naime, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Fundaciones Franki C.A., mediante la cual solicitó sentencia en la presente causa.

Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a decidir previa las siguientes consideraciones:
ÚNICO
Observa este Órgano Jurisdiccional que el objeto del presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto en fecha 21 de enero de 2010, es la pretensión de nulidad absoluta del acto administrativo Nº CAD-PRE-CJ-0159661, emanado de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), , en fecha 27 de julio de 2009, por medio del cual resolvió negar “…el otorgamiento de la Autorización (sic) de Liquidación (sic) de Divisas (sic) (ALD) (sic) requerida (…) en la solicitud No. 7032038 por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIUNMIL TRESCIENTOS CUARENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SETENA Y SIETE CENTAVOS (U.S.S. 221.340,77)…” (Mayúsculas y negrillas de la cita).

Al respecto, esta Corte observa que dicha solicitud de divisas está relacionada con la importación de bienes provenientes de los Estados Unidos de Norte América, la cual fue negada por la Administración, al considerar que la Sociedad Mercantil recurrente transgredió lo establecido en el artículo 12 de la Providencia Nº 066 de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) relativa a que “El importador no podrá ordenar el despacho o embarque de la mercancía desde el lugar de procedencia, antes de haberle sido otorgada la correspondiente autorización de adquisición de divisas (AAD)…” (Mayúsculas de la cita).

Ahora bien, se observa de autos, que para sustentar su decisión la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) utilizó como prueba fundamental para la negatoria en la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD), la Carta de Porte en idioma Ingles que constan en los folios quince (15) y veintiuno (21) del expediente administrativo en sus piezas Segunda y Tercera, respectivamente.

En ese sentido, este Órgano Jurisdiccional considera necesario que cualquiera de las partes gestione antes las autoridades competentes la Carta de Porte traducida por medio de intérprete público al idioma castellano a los efectos de verificar el contenido exacto de la misma, puesto que este aspecto constituye un punto medular y determinante para la resolución del presente asunto.

Por lo tanto, siendo que de la revisión de las actas que integran el expediente judicial, no se pudo constatar la traducción de la referida Carta de Porte al idioma castellano y por medio de un intérprete público, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho, así como salvaguardar el derecho a la defensa de las partes y de brindar la tutela judicial efectiva los derechos de las mismas al momento de emitir su decisión y en aplicación del principio de inmediación procesal, según el cual, el Juez debe dictar la sentencia en función de la apreciación directa de los hechos y las pruebas aportadas por las partes, que lo hagan llegar a un convencimiento de las circunstancias efectivamente ocurridas; se ORDENA a la Secretaría de esta Corte libre oficio a las partes de este juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que en el lapso de cinco (5) días siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su notificación, remitan lo indicado ut supra.

En caso contrario, esta Órgano Jurisdiccional advierte expresamente tanto a la Sociedad Mercantil Fundaciones Franki C.A., como a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), que una vez transcurrido dicho lapso sin que exista constancia en autos de la documentación solicitada, procederá a dictar sentencia conforme a los alegatos y a la documentación que conste en autos.

Asimismo, en caso de no remitirse dicha información a este Órgano Jurisdiccional esta Corte pasará a dictar sentencia con los elementos cursantes en autos y se impondrá al funcionario responsable multa, entre cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) y cien unidades tributarias (100 U.T.), de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los _________________ (____) días del mes de _________________ del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

El Juez Presidente,


EFRÉN NAVARRO
La Juez Vicepresidente,


MARÍA EUGENIA MATA
Ponente
La Juez,


MARÍSOL MARÍN R.
El Secretario,


IVÁN HIDALGO
Nº AP42-N-2010-000023
MEM/