REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, 15 de Febrero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
EXPEDIENTE No. GP21-L-2012-000364
PARTE ACTORA: EUCARIS SOTO y DALLANA ROBLES
ABOGADO ASISTENTE: FELIX CERVO
PARTE DEMANDADA: CAENO´S OPERADORES PORTUARIOS, C.A., y personalmente el ciudadano ERNESTO LOPEZ.
APODERADO DE LAS PARTES DEMANDADAS: NELSON LUGO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 15 DE FEBRERODE 2013, SIENDO LAS 02:00 P.M., día y hora fijada para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LAS PARTES DEMANDANTES ciudadanas EUCARIS SOTO y DALLANA ROBLES, titulares de la cédula de identidad números V-8.611.186 y 19.744.560, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por las partes demandadas CAENO´S OPERADORES PORTUARIOS y personalmente el ciudadano ERNESTO LOPEZ., comparece el Abogado: NELSONLUGO ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.866, según instrumento poder que corre agregado a los autos. Es todo.
EL JUEZ
Abogado JOSE GREGORIO KELZI
REPRESENTACIÓN DE LAS DEMANDADAS
LA SECRETARIA
Abogada. DINA PRIMERA ROBERTIS
|