ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004736
PARTE ACTORA: DIANA MARIA MONTES CORTES
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANGEL CHACIN
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA, C.A.
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: MAURY ORTEGANA y NARMARYS ZAMORA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 26 de febrero de 2013, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados ANGEL CHACIN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 34.600, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y NARMARYS ZAMORA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.728, en su carácter de apoderada judicial de la parte empresa demandada; dándose inicio a la Audiencia. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada y expone: En nombre de mí representada, y a los fines de dar por terminado el presente procedimiento ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de Bs. 47.203,43, cantidad esta que comprende los siguientes conceptos: Antigüedad, vacaciones y bono vacacional vencidos, período 2010 y 2011; vacaciones y bono vacacional fraccionados, utilidades vencidas y no canceladas de los períodos 2010 y 2011 y utilidades fraccionadas del año 2012; asimismo manifiesto que la misma será cancelada dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha, es todo. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte actora, debidamente facultado, según se evidencia de instrumento poder que riela a los autos: Visto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en nombre de mi representada lo acepto, en los términos expuestos, y solicitaré el cierre y archivo del expediente una vez se materialice el pago acordado en este acto, es todo. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ
EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
MARCIAL MECIA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA
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