REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 19 de febrero de 2013
202º y 153º
Sentencia Interlocutoria Nº 00042/2013
Vista la formación de la presente causa (Asunto N° AP41-U-2012-000558), ordenada en fecha 30 de octubre del 2012, relacionada con el Recurso Contencioso Tributario interpuesta de forma Subsidiaria al Recurso Jerárquico por la contribuyente “COMERCIAL ELIAS, C.A.”, contra la Resolución Nº GRLL-DJT-RJ-2009-000069 de fecha 12 de junio del 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaro SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto contra la decisión identificada con el alfanumérico GRTI/RLL//DF/1014/2008-01442 de fecha 26 de agosto del 2008, emanada de la referida Gerencia.
Visto así mismo que constan en autos las boletas de notificación libradas en la oportunidad correspondiente, las cuales cursan en los folios Nos ciento diecisiete (117), ciento dieciocho (118) al ciento veinticinco (125); y por cuanto las mismas aparecen debidamente firmadas y estando dentro de la oportunidad para la admisión del presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, constatando el Tribunal que están llenos los extremos legales y se han cumplido los tramites y requisitos; no existiendo oposición por parte del organismo del cual emanó el acto recurrido, el Tribunal procede a la ADMISION del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto en la forma anteriormente señalada, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Advierte el Tribunal que por mandato del artículo 268 del Código Orgánico Tributario, la causa queda abierta a pruebas, ope legis a partir de esta misma fecha.
Dado, firmado y sellado en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los diecinueve (19) día del mes de febrero del año Dos Mil Trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
El Juez Titular,
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (3:00 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto Nº AP41-U-2012-000558
RCJ/eli.
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