REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de Febrero de 2013
202º y 154º
ASUNTO: AH12-V-2002-000061
Por escrito de fecha 26 de Febrero de 2013, el abogado Miguel Cordoliani, solicitó la deducción del 30% del monto del inmueble rematado, a fin de que sean entregados a su persona por concepto de honorarios profesionales, conforme a lo estipulado en la cláusula cuarta del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales suscritos entre el ciudadano Patricio Vera y el diligenciante. Ahora bien, de una revisión efectuada a las actas que componen la presente causa, este Juzgado pudo observar que en fecha 30 de Marzo de 2009, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, dictó sentencia declarando parcialmente con lugar la presente demanda, en este sentido, este Tribunal pasa a pronunciarse en cuanto al pedimento realizado por el apoderado actor en fecha 26 de Febrero de 2013, previa las siguientes consideraciones:
PRIMERO: La sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero de esta Circunscripción Judicial no condenó el pago de la cantidad de dinero solicitada por el diligenciante, por concepto de Honorarios Profesionales.
SEGUNDO: El contrato celebrado entre el ciudadano Patricio Vera y su apoderado judicial, ciudadano Miguel Cordoliani, no tiene el carácter de una Transacción Judicial homologada, susceptible de ejecución forzosa.
TERCERO: El tribunal se limitara a ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal de Alzada en la fecha antes aludidos, en los términos expuestos en su dispositiva.
En virtud de todas las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, niega el pedimento realizado por la representación judicial de la parte actora mediante escrito de fecha 26 de Febrero del presente año 2013.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de Febrero de Dos Mil trece (2013).
El Juez
Luis Rodolfo Herrera González El Secretario
Abg. Jonathan Morales
En esta misma fecha, siendo las 1:19 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
El Secretario
Abg. Jonathan Morales
Asunto: AH12-V-2002-000061
Asistente que realizo la actuación: LuisL
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