JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 22 de febrero de 2013
Años 202° y 154°

Vista la diligencia suscrita en fecha 6 de febrero de 2013 por la abogada ASUNCION FRIAS, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadanos ALFREDO EDUARDO ARAYA ÁLAMO y ROBERTO IGNACIO ARAYA ÁLAMO, mediante la cual se da por notificada de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 30 de enero de 2013 y solicita la notificación de su contraparte, este Tribunal a los fines de proveer observa:

Efectuada una revisión exhaustiva a las actuaciones procesales que conforman el presente expediente, se desprende de autos al folio once (11) de la primera pieza, que la parte actora en su escrito libelar solicitó que la notificación su contraparte se realizara en la siguiente dirección: “Edificio Centro Plaza, Torre “C”, Oficina C-22-A-2, ubicado frente a la Avenida Francisco de Miranda, con intersección con la prolongación de la Avenida Andrés Bello, Urbanización Los Palos Grandes”.

Asimismo, constan en los folio 379 al 381 de la primera pieza que se libró cartel de notificación con fecha 15.2.2013, razón por la cual, al existir una dirección donde pueda agotarse la notificación personal, este Juzgado Superior Segundo revoca el auto dictado en fecha 15 de febrero de 2013 a los fines de salvaguardar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes y la tutela judicial efectiva, en atención a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictada en fecha 12.6.2006, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, en la cual se estableció, como garantía del derecho a la defensa, si se conoce una dirección donde citar o notificar a unas de las partes, tales citaciones o notificaciones deben hacerse en tales direcciones así no se haya establecido formalmente domicilio procesal. En tal sentido, notifíquese A la parte demandada sociedad mercantil WORLD HOLDING & CONSULTING VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14 de noviembre de 2001, bajo el Nº 62, Tomo 607-A-Qto., en nombre de su Presidente ciudadano MAURO MORLACCHI, nacionalidad italiana, mayor de edad, de este domicilio y titular del pasaporte italiano No. 492216U y/o en la persona de su apoderado judicial MARCOS CASTILLO VELANDIA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.076; mediante boleta librada por la Juez y dejada por el Alguacil de este despacho en el siguiente domicilio procesal: “Edificio Centro Plaza, Torre “C”, Oficina C-22-A-2, ubicado frente a la Avenida Francisco de Miranda, con intersección con la prolongación de la Avenida Andrés Bello, Urbanización Los Palos Grandes”; a los fines de hacer de su conocimiento que en fecha 30 de enero de 2013 este Tribunal dictó sentencia definitiva, en el juicio por DESALOJO incoado en su contra por los demandantes ciudadanos ALFREDO EDUARDO ARAYA ÁLAMO y ROBERTO IGNACIO ARAYA ÁLAMO, en el expediente signado con el N° AC71-R-2011-000144 (Antiguo Nº 11-10662) de la nomenclatura llevada por este Juzgado. Advierte este Tribunal que una vez cumplida con la notificación acordada y así lo haga constar la Secretaria comenzará a transcurrir el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la mencionada sentencia. Líbrese boleta de notificación.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
EL JUEZ,


ARTURO MARTÍNEZ JIMÉNEZ
LA SECRETARIA ACC,


Abg. MARICEL CARRERO PÉREZ

En esta misma fecha, se dió cumplimiento a lo ordenado anteriormente, se libró Boleta de Notificación y se le entregó al Alguacil de este Despacho.-

LA SECRETARIA ACC,


Abg. MARICEL CARRERO PÉREZ





Expediente Nº AC71-R-2011-000144
(Antiguo Nº 11-10662)
AMJ/MCP