REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 25 DE FEBRERO DE 2013.
Años 203º Y 154º

Vista la diligencia suscrita en fecha 22 de febrero del presente año, por la abogada Maria Fca Vargas Purica, inscrita en el Inprebogado bajo el Nº 82.005, apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual se da por notificado de la sentencia proferida por este Juzgado en fecha 15 de abril del 2011, y solicitó la notificación de la parte demandada. En consecuencia, se ordena la notificación de la Empresa Confecciones el Gallo Fino, C.A, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO


RICHARS MATA




VGJ/RM/kl.
Exp. 10054




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 25 DE FEBRERO DE 2013.-
Años 203° Y 154°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la sociedad mercantil CONFECCIONES EL GALLO FINO, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de febrero de 1999, bajo el Nº 01, Tomo 38-A Sgdo, parte demandada, en el juicio que por Ejecución de Hipoteca, sigue en su contra el Banco de Industrial de Venezuela, C.A, sustanciado en el expediente signado con el número 10054, nomenclatura llevada por este Tribunal; Este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, en virtud de la sentencia proferida en fecha 15 de abril de 2011.
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl.
Exp. 10054