REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 1º de Febrero de dos mil trece (2013)
Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.
Vista la diligencia que antecede presentada el día 30 de Enero de 2013 por el ciudadano MANUEL HERNÁNDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.177, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora mediante la cual solicitó se acuerde la devolución de los documentos originales, este Tribunal acuerda en conformidad por cuanto de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente, se desprende que el mismo se encuentra TERMINADO, por tal motivo este Tribunal ordena su remisión a la División de los Archivos Judiciales a los fines de su archivo definitivo, una vez conste en autos el retiro de los documentos cuya devolución se acuerda en el presente auto, debiendo quedar insertas en su lugar copias certificadas por Secretaría en conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.