N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005355


PARTE ACTORA: MARIANA HERNANDEZ PARRAGA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARCELIS BRITO.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES TANFEMENINAS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HECTOR VARGAS ARMAS.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Veinticinco (25) de febrero de dos mil trece (2013), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora MARIANA HERNANDEZ PARRAGA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada INVERSIONES TANFEMENINAS, C.A., a través de su apoderada judicial HECTOR VARGAS ARMAS abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 134.748, carácter que consta a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 203 °.
La Jueza

La Secretaria

Abg. Yrma Romero

Abg. Maria V. Dávila




El apoderado judicial de la parte demandada