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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal  Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, Veinte (20) de Febrero de dos mil Trece (2013)
 202º y 153º
 
 ASUNTO: AP21-S-2013-000156
 Vista la transacción presentada en fecha Quince (15) de Febrero de 2013, suscrita por el abogado: JESUS LEOPOLDO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 97.802, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente: INVERSIONES R.6.99, C.A., por una parte y por la otra, la parte oferido, ciudadano: EDDUAR OMAÑA, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.537.663, debidamente asistido por el abogado:  NOSLEN TOVAR, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 112.059, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON 83/100 CENTIMOS  (BS. 3.826,83), quien recibe a su cabal y entera satisfacción, la totalidad de la suma neta mediante 1.- un cheque N° 42819695, girado a su nombre por la empresa INVERSIONES R.6.99, C.A, en fecha 30 de Enero de 2013, por la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON 83/100 CENTIMOS  (BS. 3.826,83), en consecuencia este Tribunal HOMOLOGA DICHA TRANSACCION EN LOS TERMINOS EXPUESTOS por las partes.-
 
 La Juez
 
 La  Secretaria
 Francisco Javier Río Barrios
 
 Luisana Cote
 
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