REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 25 de Febrero de 2013
ASUNTO: KP01-P-2013-001904
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Quinto de Control del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada, por los defensores Andherson Rojas y Franklin Calderon quienes actúan como defensores del imputado ALEXANDER FRANCISCO LOPEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº 22.313.713, en la cual solicita que a su defendido se le revise la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Motivación para decidir
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que riela a los folios (62 al 72), Audiencia Especial de Presentación en donde el Ministerio Público precalifico los hechos por la presunta comisión de los delitos de FRAUDE ELECTRONICO previstos en los artículos 445 de la Ley General de Bancos y otros Instituciones Financieras. MANEJO FRAUDULENTO DE TARJETAS INTELIGENTES O INSTITUCIONES ANALOGAS previsto en el artículo 16 de la Ley Especial Contra Delito Informático; ASOCIACION PARA DELINQUIR previsto en el artículo 37 de la Ley Contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Y APROPIACIÓN INDEBIDA CALIDFICADA previsto en el artículo 468 del Código Penal. Como se puede apreciar las circunstancias por las cuales se le decreto la privación de libertad al imputado de marras no han variado. Motivo por el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE CAMBIO DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del imputado ALEXANDER FRANCISCO LOPEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº 22.313.713. Así se decide.
DECISIÓN
Este TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del imputado ALEXANDER FRANCISCO LOPEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº 22.313.713.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL
OSWALDO JOSE GONZALEZ
SECRETARIA