JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 27 de Febrero de 2013
202º y 154º
Visto el escrito de demanda, presentado por el abogado GUSTAVO AYALA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 84.781 en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BLANCA YAMILE MONTILVA MONTILVA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cedula de identidad N° 14.069.798. Se admite cuanto ha lugar en derecho, ya que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa por la Ley, todo de conformidad con el Artículo 859 del Código de Procedimiento Civil. Emplácese a la parte demandada ciudadano DENNY DAVID ANTIVEROS SIMANCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad N° 7.141.340 y a la Sociedad mercantil TRANSPORTE Y TALLERES LA LIBERTAD, C.A., en la persona de su representante legal, el ciudadano ELIS CANDELARIO MORENO SANTAMARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.210.775, propietario del vehículo involucrado; cuyas características son PLACAS; AE5075, MARCA; ENCAVA; MODELO: 3100-A, TIPO: COLECTIVO; CLASE: AUTOBUS; AÑO: 1999, SERIAL DE CARROCERÍA: F-2576; COLOR: BLANCO; SERIAL DE MOTOR: 50451008, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a partir de la fecha en que conste en autos la ultima de las citaciones, a dar contestación a la demanda por DAÑO MORAL, derivado de accidente de transito. Expídanse copias fotostáticas certificadas del libelo de la demanda, del presente auto, con su orden de comparecencia al pié, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil para formar las respectivas compulsas. Líbrense compulsas. El Tribunal hace del conocimiento de las partes que este juicio se seguirá por el procedimiento oral previsto en el Capítulo I, Título XI del Código de Procedimiento Civil.
Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular Abg. Juan Carlos López
El Secretario
En la misma fecha se libró compulsas.
Abg. Juan Carlos López
El Secretario
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