Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.


SOLICITANTE (S): RAMONA DEL CARMEN VALERO RUZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.197.822, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada SIVIA COROMOTO ARMAS NOYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.852.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 6075.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 19 de diciembre de 2012, por la ciudadana RAMONA DEL CARMEN VALERO RUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.197.822, de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus seis (9) hermanos, los cuales son: MARIA DEL ROSARIO VALERO RUZ DE PACHECO, TOBIAS DE JESUS VALERO RUZ (fallecido), JUAN BAUTISTA VALERO RUZ, ALBERTO VALERO RUZ (fallecido), MARIO JOSE VALERO RUZ (fallecido), JUANA ROSA VALERO RUZ (fallecida), MARIA GLORIANA VALERO RUZ, FERMIN DEL CARMEN VALERO RUZ y BERTILIO DE JESUS VALERO RUZ (fallecido), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-1.406.223, V-1.002.620, V-1.007.539, V-1.003.834 y V-5.495.540, V-3.108.644, V-1.400.785, V-2.106.022, respectivamente y todos de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada SILVIA COROMOTO ARMAS NOYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.852, mediante la cual solicitan sean declarados como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en su condición de hermanos del de cujus, JOSE SOTERO VALERO RUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.903.129, quien falleció ab-intestato, en el Municipio San Diego, estado Carabobo, en fecha 29/06/2.012. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos, RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO y EDGAR DARIO NUÑEZ ALCANTARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.829.134 y V-3.372.200 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos RAMONA DEL CARMEN VALERO RUZ, MARIA DEL ROSARIO VALERO RUZ DE PACHECO, JUAN BAUTISTA VALERO RUZ, MARIA GLORIANA VALERO RUZ y FERMIN DEL CARMEN VALERO RUZ, supra identificados, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” del de cujus, JOSE SOTERO VALERO RUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.903.129, quien falleció ab-intestato, en el Municipio San Diego, Estado Carabobo, en fecha 29/06/2.012, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Acta Nro. 1369, Año 2.012, en los Libros de Registro Civil del Municipio San Diego del estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los siete (07) días del mes de febrero del año dos mil trece (2.013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Titular,

ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 1:00 horas de la tarde.-
La Secretaria Titular,

ABG. MIRIAM PEREZ ABACHE.
Exp. Nro. 6075-
JGRG/gymg.-