JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 27 de Febrero de 2013
202° y 154°
Cumplida como ha sido la presente Solicitud, contentivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS), presentada por la Ciudadana: CARDELIA CRISTINA MARTINEZ TORO DE RIVERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 7.119.296, Asistida por la abogada: ALICIA KOPER SUPILMIAC, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 122.945, respectivamente y por cuanto solicita le sean declarado suficientes las probanzas evacuadas para acreditarle la cualidad que tiene de ser UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: SIMON ANTONIO RIVERO, y vistas las declaraciones de los testigos, los ciudadanos: NIÑO VARELA FELIX RAMON Y AZUAJE PERALTA NELCY BEATRIZ, venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 5.747.165 y V- 6.016.639. Por consiguiente, este Tribunal ordena declarar suficientes las probanzas evacuadas, para acreditarle a los solicitante: CARDELIA CRISTINA MARTINEZ TORO DE RIVERO, ELVYS MARIA RIVERO MARTINEZ, SIMON ASDRUBAL RIVERO MARTINEZ, MARI ELVYS RIVERO MARTINEZ Y GENESIS MAIVYZ RIVERO MARTINEZ, Venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 7.119.296, V-16.864.905, V-18.180.713, V-20.243.308 Y V-25.425.953, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: SIMON ANTONIO RIVERO, dejando a salvo los derechos de Terceros. Se hace esta declaratoria, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Désele salida y devuélvase lo actuado.
EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio salida constante de Diecisiete (17) folios útiles.

El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA



RECIBIDO POR__________________ C.I. Nº. _______________________
FECHA._________________________ HORA: _______________________
SOL. Nº 4048-13
ALA/JPPT/Oswaldo