REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 5 de febrero de 2013
Años 202º y 153º

ASUNTO: GP01-R-2012-000247

A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Rafael Bellera Solórzano y Maria Bellera Galea, actuando como defensores privados, en el asunto N° GP01-P-2011-004119, en contra de la decisión dictada en fecha 26/07/2012, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en las actuaciones seguidas a: JUAN VICENTE MELENDEZ DOMINGUEZ, esta Sala observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por los abogados Rafael Bellera Solórzano y Maria Bellera Galea quienes están legitimados para realizarlo, toda vez que actúan como defensores del ciudadano Juan Vicente Melendez Dominguez, tal como se evidencia en autos.

Segundo: Que la decisión fue dictada en fecha 26-07-2012 y publicado el auto motivado en fecha 13-08-2012, librandose boletas notificando a las partes en fecha 10-09-2012 tal como consta en la certificación de días de días de despacho inserta al folio cincuenta y cinco (55) del presente asunto, y por cuanto el recurso de apelación fue ejercido el día 20-08-2012, se considera que ejerció el derecho en tiempo hábil.

Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por los abogados Rafael Bellera Solórzano y Maria Bellera Galea, actuando como defensores privados, en el asunto N° GP01-P-2011-004119, en contra de la decisión dictada en fecha 26/07/2012, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en las actuaciones seguidas a: JUAN VICENTE MELENDEZ DOMINGUEZ. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.



JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
(PONENTE)



LAUDELINA GARRIDO APONTE ADAS MARINA ARMAS DIAZ



El secretario
Abg. Javier Cordova
Hora de Emisión: 11:49 AM