REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA
Caracas, _______ ( ) de _____________ de 2013
Años 203º y 154º
En fecha 20 de diciembre de 2004, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primeras y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 04-1046 de fecha 7 de julio de 2004, emanado del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió copias certificadas del cuaderno de medidas, contentivo del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los Abogados José Olivo Duran, Enrique Guillén Niño y Alejandro Muñoz Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros. 59.095, 59.631 y 91.504, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil TACORA PUBLICIDAD, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 19 de julio de 1979, bajo el Nº 33, tomo 107-A Qto, contra el SERVICIO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA de la Alcaldía del Municipio Autónomo de Baruta del estado Bolivariano de Miranda.
Dicha remisión se efectuó en virtud que en fecha 12 de marzo de 2003, el Juzgado A quo oyó en un solo efecto el recurso de la apelación interpuesto en fecha 26 de febrero de 2003, por la Apoderada Judicial de la parte recurrida, contra la decisión dictada por el referido Juzgado Superior, en fecha 17 de enero de 2003, mediante la cual declaró Sin Lugar la oposición a la medida cautelar acordada, la cual fue formulada por el Apoderado Judicial de la parte recurrida.
En fecha 18 de diciembre de 2008, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo fue constituida por los ciudadanos: Andrés Eloy Brito, Juez Presidente; Enrique Sánchez, Juez Vicepresidente y María Eugenia Mata, Juez.
En fecha 20 de enero de 2010, en razón de la incorporación del Abogado Efrén Navarro, se reconstituyó esta Corte, quedando conformada su Junta Directiva de la siguiente forma: Enrique Sánchez, Juez Presidente; Efrén Navarro, Juez Vicepresidente; y María Eugenia Mata, Juez.
En fecha 26 de octubre de 2011, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba. Ahora bien, visto que no se había fijado el procedimiento de segunda instancia correspondiente y en aras de garantizar el derecho a la defensa, el debido proceso, la tutela judicial efectiva y en virtud de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se acordó de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, notificar a la Sociedad Mercantil Tacora Publicidad, C.A., al Presidente del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT) de la Alcaldía del Municipio Autónomo de Baruta del estado Bolivariano de Miranda y al Síndico Procurador del Municipio prenombrado, indicándoles que una vez constara en autos las referidas notificaciones, comenzaría a correr el lapso de diez (10) días continuos para la reanudación de la causa, previsto en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el lapso de tres (3) días establecido en el primer aparte del artículo 90 ejusdem. Transcurridos los mencionados lapsos, se fijaría por auto expreso y separado, el procedimiento establecido en los artículos 90, 91 y 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En esa misma fecha, se libró la boleta de notificación a la Sociedad Mercantil Tacora Publicidad, C.A., y los oficios Nros: 2011-6811 y 2011-6812, dirigidos al Presidente del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT) de la Alcaldía del Municipio Autónomo de Baruta del estado Bolivariano de Miranda y al Síndico Procurador del Municipio prenombrado, respectivamente.
En fecha 6 de diciembre de 2011, el Alguacil de esta Corte dejó constancia que en fecha 23 de noviembre de 2011, practicó la notificación del ciudadano Síndico Procurador del Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda.
En fecha 26 de enero de 2012, el Alguacil de esta Corte dejó constancia que en fecha 18 de enero de 2012, practicó la notificación del ciudadano Presidente del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT) de la Alcaldía del Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda.
En la misma fecha, el Alguacil de esta Corte dejó constancia que en fecha 13 de enero de 2012, practicó la notificación de la Sociedad Mercantil Tacora Publicidad, C.A.
En fecha 23 de enero de 2012, en virtud de la incorporación de la Abogada Marisol Marín R., se reconstituyó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo quedando conformada su Junta Directiva de la siguiente manera: EFRÉN NAVARRO, Juez Presidente; MARÍA EUGENIA MATA, Juez Vicepresidente y MARISOL MARÍN R., Juez.
En fecha 10 de febrero de 2012, esta Corte dictó auto mediante el cual se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba, advirtiendo su reanudación una vez transcurrido el lapso previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 16 de febrero de 2012, vencido como se encontraba el lapso fijado en fecha 10 de febrero de 2012 y notificadas como se encontraban las partes del auto de abocamiento dictado por esta Corte en fecha 26 de octubre de 2011, transcurridos los lapsos fijados en el mismo y en virtud de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ordenó aplicar el procedimiento de segunda instancia previsto en los artículos 90, 91 y 92 ejusdem, se designó Ponente a la Juez María Eugenia Mata y se fijó el lapso 10 días de despacho siguientes, para fundamentar la apelación.
Por auto de fecha 7 de marzo de 2012, se ordenó realizar el cómputo por Secretaría de los días de despacho transcurridos para la fundamentación de la apelación. Asimismo, se pasó el expediente a la Juez Ponente.
En esa misma fecha, la Secretaria de esta Corte certificó: “…que desde el día dieciséis (16) de febrero de dos mil doce (2012), fecha en que se fijó el lapso para la fundamentación de la apelación, exclusive, hasta el día seis (6) de marzo de dos mil doce (2012), fecha en que terminó dicho lapso, inclusive, transcurrieron 10 días de despacho, correspondientes a los días 17, 22, 23, 24, 27, 28 y 29 de febrero de dos mil doce (2012) y los días 1º, 5 y 6 de marzo de ese mismo año…” se pasó el expediente a la Juez Ponente.
En fecha 14 de mayo de 2012, se prorrogó el lapso para decidir la presente causa, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En fecha 10 de julio de 2012, se dejó constancia del vencimiento del lapso de ley otorgado para decidir.
Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a decidir previa las siguientes consideraciones:
-ÚNICO-
Correspondería a esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, conocer en segunda instancia de la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 17 de enero de 2003, mediante el cual declaró Sin Lugar la oposición formulada por el Abogado Fernando José Peña Ramírez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 45.209, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Municipio Autónomo de Baruta del estado Bolivariano de Miranda.
Ello así, en aras de salvaguardar el derecho constitucional a la defensa y a la igualdad de las partes y a los fines de emitir la decisión correspondiente en la presente causa, este Órgano Jurisdiccional considera necesario solicitar al Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, la remisión de la copia certificada de la sentencia que hubiere recaído en el expediente Nº 3890, nomenclatura del Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.
En tal sentido, esta Alzada, de conformidad con el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ORDENA oficiar al Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines que remita la información requerida, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles, contados a partir del recibo del oficio que se ordena librar.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada del presente auto. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los ___________ (___) días del mes de __________________ de dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez Presidente,
EFRÉN NAVARRO
La Juez Vicepresidente,
MARÍA EUGENIA MATA
Ponente
La Juez,
MARISOL MARÍN R.
El Secretario,
IVÁN HIDALGO
Exp. N° AP42-R-2004-001797
MEM/