REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DÉCIMO DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 25 de julio de 2013
203° y 154°

Visto el escrito de pruebas presentado el 8 de julio de 2013, por el abogado Luis Lemus, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 21.753, en su condición de apoderado judicial de la parte querellada, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:
I
DE LOS MEDIOS PROBATORIOS PROMOVIDOS
POR LA PARTE QUERELLADA

En el capítulo primero denominado “MÉRITO DE LOS AUTOS”, el apoderado judicial de la parte querellada hace valer “las actas procesales que conforman el presente expediente en todo cuanto favorezca a [su] representado”.
En el capítulo segundo denominado “EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO”, el apoderado judicial de la parte querellada hace valer el expediente administrativo “a los fines de que surta los efectos legales pertinentes”.
En el capítulo tercero denominado “COMUNIDAD DE LA PRUEBA”, hace valer a favor de su representado “todas las pruebas promovidas por la parte actora, y que favorezcan las pretensiones de mi representado”
En cuanto al capítulo primero denominado “MERITO DE LOS AUTOS”, este Juzgado observa que constituyen el denominado “mérito favorable de los autos”, los cuales por no tratarse de un medio probatorio en sí mismo, no cabe pronunciamiento respecto de su ilegalidad o impertinencia, reservándose este Tribunal su valoración y conducencia en la oportunidad de dictar sentencia en la presente causa. Así se decide.
Al respecto, este Juzgado observa en cuanto a los capítulos segundo y tercero, denominados como “EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO” y “COMUNIDAD DE LA PRUEBA” , que los mismos no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes en los términos establecidos en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Así se decide.
La Juez suplente

FANNY M. SPECHT V.
La Secretaria,

YOIDEE NADALES
Exp. 2333-13/FMSV/YN/kt
Pza. 1